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Concurso EU Supervisor U.C.I.

BASES DE LLAMADO A CONCURSO PARA PROVEER EN CALIDAD DE CONTRATO LEY N O 18.476 PARA EL SIGUIENTE CARGO:

ENFERMERO/A UNIVERSITARIO/A PARA SUPERVISOR UCI PARA

DESEMPEÑAR FUNCIONES EN HOSPITAL NAVAL DE TALCAHUANO ALMIRANTE ADRIAZOLA•

Las siguientes bases regularán el llamado a concurso para proveer el siguiente cargo: Enfermero/a Universitario/a Supervisor UCI, para el Hospital Naval de Talcahuano “Almirante Adriazola”.Las bases y condiciones en que se efectúa este concurso, son obligatorias para la autoridad que llama a concurso, y deben aplicarse sin discriminación a todos los postulantes.

1, IDENTIFICACIÓN DE VACANTES

Nombre del CargoEnfermero/a universitario/a Supervisor UCI.
N O de Vacantes01
Modalidad ContractualLey 18.476
Jornada Laboral44 horas semanales
RentaGrado 19 0
DependenciaSubdirector Clínico.
Lugar de DesempeñoHospital Naval de Talcahuano

ll. DESCRIPCIÓN DE LAS TAREAS POR CARGO

A continuación, se menciona el objetivo general y las principales funciones de cada cargo mencionado en el punto anterior:

1.- ENFERMERO/A UNIVERSITARIO/A SUPERVISOR UCI

 OBJETIVOS GENERALES.

Dirigir la gestión de los cuidados de enfermería tanto en el ámbito clínico como administrativo, junto con ejercer el control de la atención clínica y del personal a su cargo, mediante la ejecución de acciones de excelencia que permitan cubrir las necesidades del usuario otorgando atención de calidad.

 PRINCIPALES FUNCIONES.

  1. Diagnosticar planificar, programar, controlar y evaluar el cumplimiento de las actividades de enfermería y personal de sanidad que se ejecutan en el servicio a su cargo.
  2. Supervisar y evaluar la gestión del cuidado del paciente a cargo de enfermería del Servicio de UPC, orientando su accionar al mejoramiento continuo.
  3. Mantener actualizadas las normas y protocolos técnicos de calidad de atención en el servicio, tanto clínicos como administrativos logrando que la atención de enfermería sea eficiente. eficaz y oportuna
  4. Supervisión, monitorización del personal y de los procesos internos para que se realicen adecuadamente velando por el cumplimiento de las normas
  5. Coordinar y ejecutar labores en la Unidad de Cardiología Ambulatoria, desempeñando actividades clínicas y administrativas; entre las cuales puede mencionarse la cooperación en control de marcapasos, ecografías transesofágicas, supervisión de test de esfuerzo, cardioversión eléctrica entre otras.
  6. Dirigir y coordinar programas de orientación, educación y capacitación de personal a su cargo.
  7. Asesorar a las jefaturas Medicas, de enfermería y administrativas en la programación de las actividades del servicio, del personal y en la adquisición de equipamiento.
  8. Programación y control estricto de la mantención de stock, fármacos e insumos para la ejecución de las actividades clínicas rutinarias y de urgencia en el servicio.
  9. Coordinar con departamento de Biomédica la mantención preventiva y reparación de equipos clínicos críticos y no críticos del servicio.
  10. Supervisión del cumplimiento de normas relacionadas con la prevención
  11. Actúa de enlace directo y principal de la unidad con otras instituciones de salud y con otros servicios dentro de la institución, así como con sus autoridades.
  12. Participar en el proceso de mejoramiento continuo de la calidad de atención otorgada al paciente y su familia

m)Organiza, desarrolla y lo participa en trabajos de perfeccionamiento e investigación de enfermería que se programen en el servicio.

     III.      REQUISITOS Y COMPETENCIAS DEL CARGO

1.- ENFERMERO/A UNIVERSITARIO SUPERVISOR UCI.

È REQUISITOS DEL CARGO

  1. Título de Enfermero/a, de a lo menos 10 semestres de duración, título otorgado por Universidad reconocida y acreditada por MINEDUC.
  2. Mínimo 3 años de experiencia acreditada en Unidad de Paciente Critico en hospitales de alta complejidad.
  3. Diplomado y/o Especialización en Cuidados del Paciente Crítico Médico — Quirúrgico.
  4. Deseable experiencia en coordinación o supervisión de servicios Medico Quirúrgicos Y/o de Unidad de Paciente Critico.

 COMPETENCIAS TÉCNICAS

  1. Curso al día de IAAS 120 hrs o diplomado en IAAS.
  2. Deseable Diplomado en gestión administrativa de sistemas de salud.
  3. Deseable Diplomado en gestión en salud.
  4. Manejo de nivel usuario de software de uso computacional (Word, Excel, PowerPoint, Proyect, etc).
  5. Conocimientos de normas clínicas y administrativas del servicio.
  6. Deseable experiencia laboral en entornos con altos niveles de presión.
  7. Deseable experiencia en cargos previos de coordinación de servicios medico quirúrgicos.
  8. Deseable experiencia en cargos previos de administración y gestión en salud.
  9. Deseable curso de ACLS actualizado.
  10. Deseable nociones de ecografía para acceso vascular.

COMPETENCIAS TRANSVERSALES

  1. Probidad.
  2. Trabajo en Equipo.
  3. Orientación al Servicio
  4. Proactividad y adaptación al cambio.
  5. Comunicación efectiva.
  6. Manejo del stress
  7. Actitud positiva frente al trabajo
  8. Control emocional

 COMPETENCIAS ESPECíFlCAS

  1. Planificación y organización.
  2. Liderazgo y dirección de Equipos.
  3. Capacidad de relacionarse con autoridad y subordinados
  4. Capacidad de tolerancia al cumplimiento y control de órdenes.
  5. Capacidad de jerarquización, criterio y lealtad.
  6. Capacidad de autocrítica.
  7. Capacidad de análisis y síntesis.
  8. Conocimientos teóricos propios de enfermería.
  9. Habilidades técnicas propias de enfermería.         
  10. Capacidad de organización de recursos humanos e insumos.
  11. Iniciativa y criterio en la resolución de problemas y conflictos.
  12. Capacidad para promover y mantener buenas relaciones interpersonales.
  13. Alta capacidad de empatía.

 REQUISITOS GENERALES

Los postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos generales para ingresar a la institución:

  1. No pertenecer a partidos políticos, a organismos sindicales, ni a instituciones, organizaciones o agrupaciones cuyos principios u objetivos se contraponen o sean incompatibles con los objetivos que la Constitución Política y las leyes de la República encomiendan a las Fuerzas Armadas
  2. Tener salud compatible con el cargo.
  3. Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, requisito no excluyente.
  4. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de tales funciones.
  5. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada una pena de crimen o simple delito.

Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no deberán estar afectos a las inhabilidades, contenidas en el artículo 54 del DFL N O 1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N O 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Los postulantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados anteriormente, y que adjunten todos los documentos señalados, podrán acceder a la fase de la evaluación que contempla la presenta base.

IV. COMISIÓN DE SELECCIÓN

La Comisión Evaluadora estará integrada al menos por 3 de los siguientes cargos:

  • Sr. Subdirector Clínico.
  • Sr. Subdirector de Desarrollo Humano.
  • Sr/a Jefe Servicio correspondiente.
  • Sr/a Psicóloga Laboral Departamento de Desarrollo Humano  Sr/a Enfermera/o Jefe.

La comisión de Selección designada para estos efectos, de acuerdo a la normativa legal vigente verificará si los postulantes cumplen con los requisitos, debiendo levantar un acta con la nómina total de postulantes, distinguiendo aquellos que se ajustan a los requisitos legales, de los que no lo hacen. Además deberá consignar cualquier situación relevante relativa al concurso, y dispondrá la notificación por correo electrónico a los postulantes cuya postulación hubiere sido rechazada, indicando la causa de ello. Para tales efectos, el postulante es responsable de entregar un correo electrónico, correctamente registrado el currículum y/o ficha de postulación y con la capacidad para recibir información.

Resuelto el concurso y notificada la persona seleccionada, la Oficina de Contratos procederá con el proceso administrativo, solicitando a los postulantes la documentación complementaria para establecer el contrato laboral.

V. CONDICIONES DEL CONCURSO

La evaluación se llevará a cabo en base a etapas sucesivas, por lo que la puntuación mínima por etapa determinará el paso a las etapas superiores. El concurso se podrá declarar desierto cuando no se presenten postulantes interesados al llamado, también por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia cuando ninguno cumple con [os requisitos solicitados. es decir, no alcancen una nota mínima de puntos definidos en las bases, o cuando los postulantes no pasen la etapa 1 del concurso.

Los postulantes que presenten alguna discapacidad que le impida o dificulte la utilización de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para efectos de adaptarlos y así garantizar la no discriminación e igualdad.

VI. PROCESO DE POSTULACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES

Las Bases de Concurso se encontrarán disponibles en la página web: www.hospitalnavaltalcahuano.cl a contar del día de su publicación.

 FECHA Y LUGAR DE RECEPCIÓN DE POSTULACIONES.

La recepción de postulaciones y antecedentes se extenderá de acuerdo a siguiente detalle:

a) Desde el día jueves 28 de Noviembre hasta el día 09 de Diciembre del presente año.

Los postulantes que no cumplan con los requisitos mencionados ni presenten la documentación necesaria, no se considerarán en el proceso. Sólo se recibirán los documentos de manera presencial, en oficina de Psicóloga Laboral. 5to piso Hospital Naval Talcahuano.

 ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA LA POSTULACIÓN.

Para formalizar ta postulación, los y las interesados/as que reúnan los requisitos deberán entregar sus antecedentes en la oficina y fecha antes mencionada, adjuntando los siguientes documentos y certificados:

  1. Currículum vitae
  2. Declaración jurada simple
  3. Certificado de Título Profesional.
  4. Certificado de Inscripción Superintendencia de Salud.
  5. Certificados de Cursos, Post Grados, Capacitaciones, etc, mencionados en CV.
  6. Documentación que acredite experiencia laboral (si la hubiese).

F FORMALIDADES DE PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES.

Los antecedentes señalados deberán ser entregados dentro de una carpeta con la totalidad de documentos solicitados anteriormente.

Una vez vencido el plazo para la presentación, no se podrán recibir nuevas postulaciones. Tampoco serán admisibles antecedentes adicionales, a menos que la Comisión de Selección así lo requiera para aclarar los ya presentados.

A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al concurso, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.

VII. PROCESO DE SELECCIÓN

Descripción del Proceso:

El proceso de selección comprende las siguientes etapas:

Primera Etapa – Revisión Curricular:

Corresponde a la revisión acabada de los antecedentes presentados por los postulantes. Para la puntuación se considerará necesario que se adjunten los certificados y referencias que acrediten lo solicitado

Finalizada la evaluación curricular la preselección de los postulantes que pasarán a la siguiente etapa se realizará en orden de precedencia, de acuerdo a la nota final obtenida, la que para considerarse aprobada no podrá ser inferior a 4 0 en escala de 1 a 7. La cantidad de preseleccionados no deberá superar la proporción de 10:1 con relación a las vacantes disponibles. Esta etapa tendrá una ponderación de un 40%.

2.- Segunda Etapa – Exámenes Psicolaborales.

3.- Tercera Etapa   Entrevista Personal y Declaración de Antecedentes Personales:

Tiene por finalidad ahondar en el conocimiento técnico del cargo al que postula y evaluar el nivel de ajuste a éste de acuerdo a las competencias definidas en el perfil del mismo. La nota final de la entrevista personal no podrá ser inferior a 5,0, en escala de 1 a 7, para considerarse aprobada.

Aquellos postulantes que no asistan a la Entrevista Personal, se entenderá que desisten de continuar en el concurso.

Esta etapa tendrá una ponderación de un 60%.

La preselección de los postulantes que pasarán a la etapa siguiente se realizará en orden de precedencia, considerando las notas obtenidas en el análisis curricular (40%) y en la entrevista personal (60%) La cantidad de preseleccionados no deberá superar la proporción de 3:1 con relación a las vacantes disponibles

4.-      Cuarta Etapa – Selección:

Una vez recepcionados los resultados de las etapas anteriores, presentarán los antecedentes de los postulantes al Sr. Director del Hospital Naval de Talcahuano para su resolución.

IMPORTANTE:

  1. Para efectos del cálculo de puntaje, se considerará el período efectivamente trabajado, en años, meses y días, sin realizarse ningún tipo de aproximación.
  2. Sólo se asignará puntaje a aquellas actividades o experiencias que estén debidamente certificadas, lo que no este certificado no será considerado. es decir. el postulante no debe asumir que la comisión u otro Departamento como la Oficina de Recursos Humanos, lo anexará a su postulación.
  3. No serán consideradas como experiencia laboral las prácticas de pregrado.

VIII. ACTAS DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN

La Comisión de Selección, desde su constitución hasta el cierre del concurso, deberá levantar acta de cada una de sus sesiones, en las cuales se dejará constancia de sus acuerdos.

IX. PUNTAJE REQUERIDO

El puntaje final de cada postulante corresponderá a la sumatoria de los puntajes parciales obtenidos en cada etapa.

Para ser considerado postulante idóneo para asumir el cargo, el candidato deberá obtener un puntaje igual o superior a una nota 5,0. El postulante que no reúna dicho puntaje, se considerará no apto para el cargo.

Quienes no se presenten a una etapa, obtendrán puntaje cero en el subfactor y quedarán excluidas del proceso de selección. Lo mismo ocurrirá con aquellos postulantes que no se presenten con puntualidad en alguna de las etapas, y no justifiquen previamente su atraso.

Todas las etapas se llevarán a cabo en la ciudad de Talcahuano. El costo de traslado y alimentación será responsabilidad de cada postulante.

Las labores que se contratan exigen de los postulantes una disponibilidad inmediata.

X. DESEMPATE

En caso de contar con dos o más candidatos que presenten puntaje máximo o similar se procederá a efectuar desempate, considerado para estos efectos las siguientes variables: experiencia calificada, capacitaciones efectuadas, entre otras variables relacionadas.

SOBRE LA SELECCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LOS RESULTADOS

La Comisión de Selección seleccionará al o los postulantes que tengan el puntaje más alto. Una vez seleccionado el candidato. será notificado a través de una llamada telefónica y un correo electrónico Si la persona seleccionada no acepta la oferta laboral, el Hospital quedará habilitado para remitir la notificación a quien hubiere obtenido el segundo puntaje más alto, para obtener su aceptación o rechazo; y así sucesivamente, hasta el tercero En caso de rechazo del tercer postulante con el puntaje más alto se deberá declarar desierto el concurso.

Una vez aceptado el cargo, la persona seleccionada será designada, para ello deberá presentar la documentación solicitada por la Dirección de Sanidad de la Armada, de acuerdo a lo estipulado en el Manual de Remuneraciones del Personal, tales como:

 Fotocopia cédula de identidad.

 Currículum Vitae.

 Certificado de Nacimiento.

 Certificado otorgado por Profesional Médico, que indique estado de salud compatible con el cargo, dicho certificado debe ser original con logo institucional y firmado con color azul por el profesional.

 Certificado Antecedentes para uso exclusivo Fuerzas Armadas.  Certificado que acredite: afiliación AFP y Salud.

Con el fin de cumplir el trámite administrativo, para el contrato de trabajo, se podrán solicitar otros documentos originales y serán estos de acuerdo al cargo.

La fecha en que comenzará a regir el contrato dependerá de los requerimientos de los Servicios Clínicos correspondientes.

XII. CALENDARIZACIÓN DEL PROCESO

Detalle de cronograma de actividades para desarrollo de concurso. Las fechas publicadas son estimativas y la institución podrá modificar los plazos, por razón de buen servicio para asegurar el adecuado desarrollo del proceso de selección. cautelando la igualdad de oportunidades de los/as postulantes.

a) Concurso de EU Supervisor UCI:

Envío de mensaje Naval informando del llamado concurso Publicación de concurso vía internet (www.hnt.cl), internet y redes sociales Recepción de antecedentes

Análisis de antecedentes curriculares

Notificación a preseleccionados a entrevista psicolaboral

Entrevistas psicolaborales

Notificación a personal seleccionado para entrevistas personales

Entrevistas personales (comité de selección) y DAP

27 de Noviembre

  • de Noviembre
  • de Noviembre a
  • de Diciembre
  • de Diciembre

12 de Diciembre

  1. de Diciembre
  2. de Diciembre

19 de Diciembre
Notificacion a personal seleccionado 20 de Diciembre Información personal seleccionado 22 de Diciembre

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE 

Incompatibilidades e Inhabilidades

Yo,_____________________________________________________________________________________________________

Declaro bajo juramento lo siguiente: 

  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, en los últimos cinco años.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, no hallarme condenado, Procesado o con auto de apertura de juicio oral o de procesamiento por crimen o simple delito.
  • No estar sometido a sumario administrativo.
  • No estar afecto a las inhabilidades administrativas señaladas en el artículo 54 del DFL N.1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, a saber: 
Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio. 
Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad Inclusive.
Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos a cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento o su equivalente inclusive. 
Hallarse condenado por crimen o simple delito.
  • No estar afecto a alguna de las incompatibilidades previstas en la Ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo, ni a las demás previstas en la Legislación vigente; a saber:
En una misma institución no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, de afinidad hasta el segundo grado, o adopción, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica. Si respecto de funcionarios con relación jerárquica entre sí, se produjera alguno de los vínculos que se Indican en el inciso anterior, el subalterno deberá ser destinado a otra función en qua esa relación no se produzca. Esta incompatibilidad no regirá Ley 18.834, entre los Ministros de Estado y los Art. 79. funcionarios de su dependencia.
Todos los empleos a que se refiere el Estatuto Administrativo serán incompatibles entre sí. Lo serán también con todo otro empleo o toda otra función que se preste a: Estado, aun cuando los empleados o funcionarios de que se trate se encuentren regidos por normas distintas de las contenidas en este Estatuto. Se incluyen en esta Incompatibilidad las funciones o cargos de elección popular. Sin embargo, puede un empleado ser nombrado para un empleo incompatible, en cuyo caso, si asumiere el nuevo empleo, cesará por el solo ministerio de la ley en el cargo anterior. Lo dispuesto en los incisos precedentes, será aplicable a los cargos de jornada parcial en los casos que, en conjunto, excedan de cuarenta y cuatro horas semanales. 

En virtud de lo anterior, declaro reconocer que la falsedad de esta declaración me hará incurrir en las penas que contempla el artículo 210 del Código Penal, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 20, inciso tercero del Estatuto Administrativo. 

Para constancia, 

Fecha:                                                                                                          

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